Las licencias de armas tipo E amparan las armas de tiro deportivo y escopetas de caza. Cualquier español o residente en España puede solicitarla siempre que tenga la mayoría de edad y superen las pruebas de capacitación sobre el manejo de las mismas.La prueba teórica se realiza para comprobar que el solicitante tiene los conocimientos necesarios sobre las armas y el Reglamento de Armas. En los puestos de la Guardia Civil te informarán de las fechas de celebración y te facilitarán el temario que consta de unas 100 preguntas y respuestas sobre el manejo del arma.

Para superar esta prueba teórica deberás contestar correctamente 15 preguntas del temario

Una vez aprobada la prueba teórica, se iniciará un plazo de seis meses para poder superar la prueba práctica.

La prueba práctica se lleva a cabo en los campos o galerías de tiro legalmente autorizados, donde el solicitante demostrará sus conocimientos sobre el manejo del arma

En esta prueba deberás realizar dos disparos con una escopeta a una diana situada a 25 metros.

Solicitud de la Licencia de Armas tipo E

Los interesados deberán recoger la solicitud en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil y una vez rellenada deberá entregarla conjuntamente con la siguiente documentación:

  • Certificado de aptitudes psicofísicas.
  • Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes).
  • Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para poder consultar sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género)
  • Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia)
  • Acreditar la dedicación al deporte de la caza o fotocopia de la licencia de caza.
  • Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790

Compra de armas

Una vez tengas la licencia en tu mano o el justificante, podrás comprar cualquier arma que ampare la licencia, y en el caso de las escopetas de caza, deberás aportar conjuntamente la licencia de cazador que se obtiene en la Comunidad Autónoma donde vayas a cazar,