Tanto para la caza con arco como el tiro con arco hay algunas obligaciones y permisos para los propietarios de arcos que deben ser seguidas. El Reglamento establece que la competencia en la materia es del Ministerio de Interior. Particularmente en la Dirección General de la Guardia Civil.

Obligaciones y permisos para los propietarios de arcos

Los arcos se encuentran catalogados en la categoría 7.5, junto con los fusiles lanza-arpones para pesca submarina y los lanzadores de líneas de pesca.

Hay muchas lagunas en cuanto a reglamentación específica para los arcos.

Ya que el Reglamento está especialmente enfocado hacia las armas de fuego.

La dificultad más grande, desde el punto de vista legislativo, reside en el hecho de que los arcos no son armas que se puedan considerar como un todo como por ejemplo una pistola o un fusil.

Siendo así carecen de números de serie y, por lo tanto de guía de armas.

En consecuencia, el Reglamento centra la legalización de la tenencia y uso de los arcos en la figura del propietario.

Obligaciones y permisos para los propietarios de arcos

El documento que, a todos los efectos, sustituye a la licencia de armas al uso.

Es la licencia deportiva federativa de arquero.

Donde se establece que se puede adquirir un arco, siempre que se acredite ante el establecimiento vendedor.

Y se consigne en sus libros la respectiva tarjeta deportiva en vigor.

Al contrario que sucede con las armas de fuego.

Que precisan de una guía por cada arma, de una revisión periódica y de un mantenimiento y almacenamiento adecuados.

El arco al no precisar de guía alguna está exento de estas precauciones y cautelas.

Un arquero podrá tener cuantos arcos estime conveniente

Para ello, tan sólo es preciso ser titular de una tarjeta deportiva en vigor.

Las competencias en la emisión de tarjetas deportivas para su uso deportivo de la federación correspondiente al arma que se va a utilizar.

En la Real Federación Española de Tiro con Arco y / o la Real Federación Española de Tiro Caza.

Y por delegación de éstas en las Federaciones autonómicas, la tramitación de las mismas con carácter nacional o autonómico

Conforme a las reglas, el único arco que puede ser utilizado en las competiciones olímpicas es el  arco recurvado que está fabricado de láminas, puño y cuerda, pero también se permite añadir miras y estabilizadores en esos arcos.

Fuera de las competiciones, el arco compuesto también es muy utilizado, además de otros modelos que se utilizan en consonancia con la técnica de cada cultura en competiciones locales.

La Ley de Caza 1/1970 de 4 de abril y el Decreto 506/1971 regula cómo debe ser la protección, la conservación, el fomento y aprovechamiento del componente cinegético español.

En ella se establecen requisitos necesarios para practicar la caza y entre los referidos al tipo de armas a utilizar.

Para poder cazar deberás tener en cuenta si está o no prohibido en la Ley de Caza de la Comunidad Autónoma como arma que pueda ser empleada para cazar, se puede considerar como tal, al margen de su uso deportivo.

Será la Comunidad Autónoma correspondiente.

La que dictamina si se puede realizar caza con arco en ámbito de su territorio o no.

Es muy importante transportar el arco en condiciones que, a la vista de cualquier agente de la Guardia Civil el Policía Municipal, en su caso, de la impresión de seguridad y que no constituye ningún peligro para la seguridad ciudadana que, en el fondo, es lo que busca el Reglamento.